Nacional
¿A QUIÉN DEFIENDE LA LEY ANTITERRORISTA?
La ley 18.314, o ley antiterrorista es
una de las formas que tiene el viejo Estado
para perseguir la lucha por la tierra.
Esta, es una muestra irrefutable
del carácter de clase del viejo Estado.
Esta ley, que “determina conductas
terroristas y fija su penalidad”, fue promulgada
en 1984, por la junta militar
fascista, y desde entonces, ha sido
aplicada en los episodios más álgidos
de la lucha de clases, y desde los 90’
principalmente en la Araucanía.
Entre otras cosas, permite una serie
de arbitrariedades contra los acusados,
aun cuando no hayan sido declarados
culpables, como la prisión preventiva
por hasta dos años mientras
dura la investigación, es decir, estar
preso sin ninguna prueba ni defensa.
Además, duplica las penas de ciertos
delitos comunes, por considerarse
conductas “terroristas”, lo que define
como aquel que tenga “la finalidad
de producir en la población o en una
parte de ella el temor (...)”. Veamos
dos casos para ver que significa esto:
Caso Luchsinger-Mackay: dos latifundistas
mueren producto del incendio
de su casa. Se aplica la ley antiterrorista
a 11 peñis que hoy están
en prisión preventiva, con la única
“prueba” de estar ubicados geográficamente
cerca del sector del incendio,
localizados por sus celulares.
Caso Temulemu: 8 peñis de Temulemu
son condenados por la ley antiterrorista
por reivindicar su tierra,
acusados de “amenaza de incendio
terrorista” con la única prueba del
testimonio de testigos sin nombre.
¿A qué “parte” de la población le
causó temor esto? A los terratenientes.
Pero cuando los latifundistas y sus
grupos paramilitares secuestran a autoridades
ancestrales o les queman las
casas a los peñi, nadie investiga nada,
porque esta ley, al igual que el Estado
chileno, solo protege a esa “parte de la
población” que son los terratenientes
y los grandes burgueses.
La finalidad de esta ley es castigar
con cárcel a quienes luchan no importando
si son culpables o no, ya que de
las 70 veces aprox que se ha aplicado
contra Mapuche, solo han habido 9
condenas, de las cuales, 8 fueron anuladas
por la CIDH (Caso Temulemu).
El único condenado ha sido Raul
Castro Antipán, inflitrado por Carabineros
en el asalto al peaje de Quino,
procesado por delación compensada
bajo esta ley.
Así, el Estado de Chile viola su propio
disfraz “democrático” para perseguir
la lucha por la tierra, poniendo
de manifiesto su carácter de clase, con
una ley que incluso, hoy se discute en
el senado ampliar sus atribuciones.
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